Consulta ciudadana – Valparaíso: Norma de emisión de radiación electromagnética
La consulta pública se realiza a través de diferentes canales de participación cómo la plataforma digital dispuesta por el Ministerio del Medio Ambiente, oficina de partes de la SEREMI y por medio de actividades presenciales cómo la que se desarrolló el pasado jueves 9 de marzo en Valparaíso, siendo la primera de tres actividades presenciales, la próxima será el 14 de marzo en Santiago.
La actividad presencial trató los “Aspectos generales de comunicaciones inalámbrica”: niveles de potencia y velocidad de las frecuencias, tipos de antenas, disposición de antenas en el territorio, entre otros, fue presentado por Mauricio Rodriguez Guzmán profesor de la Universidad Católica de Valparaíso.
Por su parte, Felipe Loaiza Arias del Departamento de ruido, lumínica y olores fue el representante del Ministerio del Medio Ambiente, quien expuso sobre la norma de emisión e hizo mención sobre la regulación de radiación electromagnética de fuentes emisoras (mandato legal 20.599 – 2012 que regula la “ley de antenas” y la res. ex. N°3102 y res. ex. N°1021 – SUBTEL)
Loaiza menciona que la Norma de emisión de radiación electromagnética asociada a equipos y redes de transmisión de servicios de telecomunicaciones, contiene la definición de los límites para áreas consideradas sensibles y áreas generales según la consideración de los 5 países más exigentes de la OCDE en esta materia (esta ley no regula la instalación de antenas). Asimismo, Loaiza señala que las antenas que deben ingresar al SEIA son aquellas que están ubicadas en áreas de protección de biodiversidad (art 11. letra p). Y en cuanto a la salud de las personas, se señaló cómo fuente a la Organización Mundial de la Salud para decir que no existen efectos nocivos en las personas bajo los niveles recomendados, sin embargo, sí existiría consenso científico en que la radiación genera un calentamiento de los tejidos (la ley tiene cómo aplicación el principio precautorio).
Bajo esta línea, Loaíza explica que el control de las emisiones de las antenas estará a cargo de la SUBTEL, la fiscalización y la sanción quedarán sujetas a la Superintendencia del Medio Ambiente y que esta norma tendrá plazos de cumplimiento de 12 meses para la retroactividad de las fuentes existentes y efecto inmediato en aquellas fuentes nuevas desde su entrada en vigencia. De esta manera, el Ministerio del Medio Ambiente convierte una norma técnica a una norma ambiental que considera estándares más exigentes, es decir, hasta 10 veces más de lo actual considerando tecnológicas actuales y futuras con la finalidad de entregar protección a la salud de toda la ciudadanía.
Finalmente, tras el fin de la presentación de Felipe Loaiza, se abrió espacio para las palabras de los oyentes allí presentes, principalmente organizaciones de la sociedad civil y dirigentes sociales quienes plantearon su dudas en los efectos que la emisión de radiación electromagnética pueda tener sobre las abejas, murciélagos y aves.